EL 1 DE FEBRERO SE ABRE EL PLAZO DE SOLICITUD DE LAS AYUDAS A LA RECUPERACIÓN DE LA HOSTELERÍA, TURISMO, COMERCIO Y OTROS SECTORES AFECTADOS POR EL COVID-19

 

La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, a través de la Dirección General de Empresa, pone en marcha la convocatoria de ayudas para empresas con pérdidas de un 20% de los sectores de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores extremeños. Estas ayudas, dotadas con 60 millones de euros, están recogidas en los Decretos 1/2021 y 2/2021 y se pueden solicitar a partir del 1 de febrero.

 

El objeto de estas subvenciones de concesión directa es prestar apoyo económico a las pymes con centro productivo en Extremadura, incluidos autónomos, Comunidades de Bienes y entidades sin personalidad jurídica; pertenecientes a los sectores de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores empresariales afectados en su actividad por la COVID-19.

Podrán optar a las ayudas las pymes que desarrollen con carácter principal alguna de las actividades encuadradas en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que recogen estas ayudas. El Decreto-Ley 2/2021, de 27 de enero, por el que se modifica el Decreto-ley 1/2021; amplía el listado de actividades subvencionables.

BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Para optar a las ayudas, que serán financiadas con Fondos FEDER, las pymes deberán acreditar haber sufrido en el año 2020 una disminución de, al menos, un 20 por ciento en el volumen de operaciones de la empresa declarado en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en comparación con la base imponible de igual período del año 2019.

En caso de empresas que no puedan acreditar tal disminución del volumen de operaciones, se podrá obtener la condición de beneficiario/a en el caso de que la pyme se haya visto obligada al cierre o suspensión temporal de sus establecimientos y actividades como consecuencia de las medidas de contención establecidas para combatir la crisis sanitaria producida por el coronavirus.

La subvención estará dirigida a compensar los gastos fijos operativos de las solicitantes durante la pandemia y con ella, se financiará las necesidades de liquidez o de capital circulante para que la empresa pueda operar y atender sus pagos.

Los gastos fijos a compensar se calcularán aplicando a los ingresos de un periodo de cinco meses un porcentaje para cada grupo IAE siendo del 17 por ciento actividades relacionadas con el turismo, principalmente alojamiento y hospedaje, el diez por ciento, comercio y hostelería, y el siete por ciento el resto de actividades.

La cuantía de la subvención que será de entre 2.500 y 25.000 euros, se determinará aplicando a los importes determinados conforme a los porcentajes anteriores, otro porcentaje en función de cual haya sido la reducción del volumen de operaciones declarado en IVA durante el año 2020 respecto al del mismo periodo de 2019.

Estas ayudas se encuentran vinculadas a continuar ejerciendo su actividad y mantenimiento el empleo existente a la fecha de presentación de solicitud hasta, al menos, el 31 de mayo de 2021.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será del 1 de febrero al 1 de marzo, por sede electrónica y sólo podrán presentar una solicitud por empresa o autónomo/a.

NUEVO SISTEMA DE INFORMACIÓN Y RESOLUCIÓN DE DUDAS

También se ha habilitado un sistema integral de información para que empresas y autónomos extremeños puedan informarse y resolver sus dudas sobre estas ayudas, a través del teléfono 900 108 353 y el correo electrónico ayudasreactivacion@juntaex.es, en horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.

Del mismo modo, toda la información referente a estas ayudas está disponible en la web de Extremadura Empresarial.

INFORMA.- AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL

Beatriz Calderón González