DECRETO 146/2016, de 6 de septiembre por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 

Objeto

El objeto del decreto es establecer un programa de ayudas destinadas a promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social dentro de las empresas de inserción, como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria, así como ayudas a las empresas ordinarias que contraten personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción.

ORDEN de 6 de octubre de 2016 por la que se aprueba la convocatoria 2016-2017de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción

Beneficiarios

– Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en los Programas I y III, las sociedades mercantiles o sociedades cooperativas legalmente constituidas que hayan obtenido su calificación provisional o definitiva e inscripción como empresas de inserción en el Registro de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que no se encuentren incursas en alguna causa de descalificación.

– Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en el Programa II, las empresas, personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción. También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que realicen contrataciones de los mismos trabajadores/as.

Cuantías

Se establecen los siguientes programas de subvenciones: 

–  Programa I: Ayudas a la contratación inicial y mantenimiento de los contratos de personas en situación de exclusión social por empresas de inserción. 10.000,00 €para las contrataciones iniciales y 6.000,00 para las prórrogas. 

–  Programa II: Ayudas a la inserción en el mercado laboral ordinario, de personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción. 6.000,00 € por contratación realizada.

Programa III: Ayudas a la contratación inicial y mantenimiento de los contratos de personal experto en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción dirigidas a empresas de inserción. 2.000,00 € por cada puesto de trabajo a jornada completa. 

Se destina a financiar esta convocatoria un total de 600.000,00 €. 

Plazo y vigencia

Los interesados deberán solicitar las subvenciones en los siguientes plazos:

Para el Programa I y el Programa III, el plazo de solicitud será de dos mesesdesde el inicio de la última contratación efectuada, ya se trate de una contratación inicial o prórroga, en el marco de los  proyectos de inserción  que se fueran  a realizar.

Para el Programa II, el plazo de solicitud será de dos meses desde la realización de la contratación.

– Se habilita un plazo de un mes a contar desde la entrada en vigor de la orden para que puedan presentarse solicitudes para los contratos iniciales y prórrogas de los contratos cuyas fecha de inicio se hayan producido entre el 25 de mayo de 2016 y el día anterior a la entrada en vigor de la presente orden.

Realizada la primera contratación incluida en un proyecto, el resto de contrataciones por las que se quiera pedir la ayuda en los programas I,  deberán realizarse en un plazo máximo de cuatro meses. 

La vigencia será de un año desde el día siguiente a la publicación de la convovatoria en el DOE, es decir, hasta el 21 de octubre de 2017.

 

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