AYUDAS DE IMPULSO DE LA INTERNACIONALIZACIÓN Y  TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA EMPRESA EXTREMEÑA  EXPORTADORA

El Decreto 89/2021, de 21 de julio, establece las bases reguladoras de las ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora. Mediante la Resolución de 11 de noviembre de 2021, se publica la convocatoria del ejercicio 2022.
El plazo de presentación de solicitudes: desde el 26 de noviembre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022.
Modalidades:
–       Línea de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña

–       Línea de transformación digital de la empresa exportadora (regular)

  • Régimen de concesión

Régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.

  • Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente decreto, las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También serán beneficiarios las asociaciones empresariales y los consorcios de exportación, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También podrán ser beneficiarios las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas extremeñas.

Los beneficiarios deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación, de producción y de servicios, excluidos los de intermediación. Respecto a las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, las actividades deberán ser de representación.

  • Intensidad de la ayuda

Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles. Para los gastos por participación en ferias comerciales internacionales y para los gastos por servicios de consultoría, las ayudas consistirán en una subvención del 50% de los gastos elegibles.

El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 15.000 euros.

  • Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes desde el 26 de noviembre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022.

  • Plazo de ejecución de las actuaciones

La fecha límite para la ejecución de las actividades subvencionadas es el 31 de octubre de 2022.

  • Plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas

La fecha límite para presentar la documentación justificativa de las actuaciones subvencionadas se indicará individualmente en cada resolución de concesión y en ningún caso será posterior al 15 de noviembre de 2022.

 

MÁS INFORMACIÓN.- AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL